
El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó los lineamientos para la organización y desarrollo del proceso de revocación de mandato para diputados, alcaldes y concejales en la Ciudad de México.
Entre algunos puntos, se especifica que la solicitud de revocación sólo se presentará una vez transcurrida la mitad del periodo.
Para que la persona servidora electa no lo lleve a cabo durante el desarrollo de un proceso electoral local ordinario.
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Por otra parte, prevé que los resultados de la consulta serán vinculantes únicamente si participa al menos el 40% de las personas inscritas en la Lista Nominal del ámbito correspondiente y, de ellas, el 60% se pronuncia a favor de la revocación del mandato.
Para los cargos de alcaldías, concejalías y diputaciones, la solicitud podrá presentarse en modalidad mixta, a más tardar el 8 de mayo si las firmas se entregan en papel y hasta el 22 de mayo si se utilizan mecanismos electrónicos complementarios a través de la aplicación del INE.
Por su parte, la convocatoria se emitirá entre el 14 y el 17 de junio y la jornada consultiva se llevaría a cabo el 23 de agosto.
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Entre las reglas fijadas también se contempla un procedimiento técnico detallado para la verificación de los apoyos ciudadanos, que incluye la revisión de requisitos, periodos de subsanación por parte del Comité Promotor y la verificación de la información por parte del Instituto Nacional Electoral (INE).


